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Ejecución de sentencias
de divorcio

Regulación

¿No sabes qué hacer cuando tu expareja no cumple con la sentencia de divorcio? ¡Te lo contamos paso a paso!

Cuando alguno de los cónyuges o ex cónyuges deja de cumplir las obligaciones fijadas en la sentencia de divorcio o en las medidas previas o coetáneas, la parte que cumple con sus obligaciones puede obligar a la otra parte que cumpla mediante el procedimiento de ejecución de sentencia.

Puede darse que tras la separación o divorcio surjan problemas entre las partes por las diferentes circunstancias adoptadas en el convenio, como por ejemplo, por un incumplimiento en el régimen de visitas o en la pensión de alimentos o compensatoria, o también por un cambio circunstancias en las medidas que se adoptaron inicialmente.

Ante el incumplimiento reiterado de las diferentes obligaciones es necesario acudir a un procedimiento de ejecución de títulos judiciales.

Despacho de ejecución

¿Y cómo se solicita para que se cumpla la sentencia?

Se procederá al despacho de ejecución de la sentencia, el título ejecutivo que se va a ejecutar es la sentencia firme, el convenio regulador solo podrá ser ejecutado cuando vaya acompañado de una sentencia judicial que lo homologue.

¿Quién puede pedir el despacho de la ejecución?

El progenitor o cónyuge, no pudiendo interponer una demanda cualquier otra persona, por ejemplo, en el caso de recibir una pensión de alimentos y el otro progenitor no cumple con lo debido, podrá interponerla quien no la reciba o, en otro caso, si uno de los progenitores incumple el régimen de visitas, podrá interponer la demanda quien sí lo cumpla.

Para el despacho de ejecución es necesario que hayan transcurrido 20 días desde que la resolución sea firme, lo menciona expresamente el artículo 548 LEC:

No se despachará ejecución de resoluciones procesales o arbitrales o de acuerdos de mediación, dentro de los veinte días posteriores a aquel en que la resolución de condena sea firme, o la resolución de aprobación del convenio o de firma del acuerdo haya sido notificada al ejecutado.

¡Ojo! Hay que tener presente que la acción ejecutiva caduca, concretamente en el plazo de 5 años desde que la sentencia adquiere firmeza.

Otro punto a tener en cuenta es distinguir la caducidad de la prescripción, ya que, por ejemplo, ante un impago de pensión de alimentos y/o compensatoria, el plazo para poder reclamarlas es de 3 años.

Por ello, se exige abogado y procurador para este tipo de procedimientos, nuestros especialistas te guiarán y asesorarán de la mejor forma posible ayudándote a que se cumpla la ley.

La demanda ejecutiva deberá interponerse ante el mismo Juzgado que conoció, debiendo el ejecutado cumplir con lo acordado.

Si la expareja sigue sin cumplir lo acordado de forma reiterada, podrá ser sancionado imponiéndole multas coercitivas.

Si se sigue incumpliendo las medidas que se hayan dictado, se podrá en todo caso modificar el régimen de guardia y custodia y régimen de visitas.

Eficacia de sentencia extranjera de divorcio

Se conoce como exequátur de divorcio al proceso que tiene como finalidad reconocer en España una resolución judicial dictada en el extranjero. Con el reconocimiento lo que se pretende es que los mismos efectos del país de origen se reproduzcan en España.

Para ello, habrá dos métodos a seguir, en primer lugar, habrá que observar si España tiene firmado un tratado con el país donde se haya producido el divorcio (como es con Francia, Italia, Austria y Alemania) y, si no lo tiene, habrá que acudir a la Ley 29/2015, de 30 de julio de Cooperación Jurídica Internacional.

Una vez se haya verificado si existe tratado o no, habrá que cumplir una serie de requisitos para que se reconozca el exequátur:

  • Que no se haya tramitado con anterioridad el divorcio en España con la misma persona.
  • Que la sentencia de divorcio extranjera sea firme.
  • Que la sentencia de divorcio se haya notificado a ambos cónyuges
  • Que la sentencia sea lícita en España
  • Que la sentencia esté legalizada por las autoridades judiciales o diplomáticas de origen

 

Cumplidos los requisitos y realizados los trámites, se validará en España la sentencia de divorcio y surtirá los mismos efectos jurídicos, de manera que los efectos jurídicos serán:

  • Registral: cuando se haya homologado la sentencia se inscribirá el divorcio o separación en el Registro Civil
  • Cosa juzgada: se consigue así que ningún otro juzgado vuelva a conocer de la separación judicial
  • Constitutivo: al inscribirlo en el Registro Civil tiene efectos jurídicos frente a terceros.


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